LAS FASES DEL CONTRATO ESTATAL EN COLOMBIA

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 1.- FASE PRECONTRACTUAL

Corresponde a la etapa de planeación del contrato estatal, en sus distintas modalidades, planeación financiera, técnica y jurídica.

Antes de ordenar la apertura de la licitación o el concurso, en desarrollo del principio de planeación, la entidad pública deberá verificar que cuenta con la respectiva partida presupuestal para adelantar el proyecto, así mismo deberá elaborar los estudios técnicos y de conveniencia requeridos que justifiquen la contratación y señalen sus principales características junto con las condiciones que al respecto existan en el mercado.(1) 

Adicionalmente, la entidad está facultada para elaborar los respectivos pliegos de condiciones en los cuales se determine claramente el objeto de la contratación, los términos en que ésta se llevará a cabo, los derechos y obligaciones de la partes, la forma en que se hará la selección del contratista con indicación de los respectivos criterios o factores de evaluación.(2)  

2.- FASE DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL

La ejecución contractual abarca desde el inicio efectivo de ejecución del contrato que se cuenta desde la fecha del acta de inicio de ejecución y va hasta la finalización del plazo de ejecución contractual, que implica su terminación normal. 

Ahora, para el inicio efectivo de ejecución, se requieren unos requisitos previos, los cuales se trataran en el siguiente apartado.


2.1.- Requisitos para el inicio de la Ejecución 

- Si se trata de una licitación  o concurso público, debe existir un acto administrativo de adjudicación al ganador de la licitación o concurso respectivo.


-Debe existir un contrato suscrito entre las partes


-Contar el contrato con el debido registro presupuestal.(3)

Una vez cumplidos los anteriores requisitos, y firmada la respectiva acta de inicio de ejecución contractual, se puede decir en rigor que a partir de la fecha de dicha acta inicia formalmente la ejecución del contrato estatal. 

Ya en la ejecución contractual se desarrolla la gestión del contrato respectivo. 

2.2.- Gestión Contractual

La gestión contractual se inicia desde el momento en que se designa a los responsables de adelantar las labores de supervisión e interventoría del contrato(4).

2.3.- La terminación del contrato estatal


Modos o Causas normales de terminación 


*El cumplimiento del objeto


*El vencimiento del plazo extintivo de duración del 

contrato


*El acaecimiento de la condición resolutoria expresa, pactada por las partes 

 

3.- FASE DE LIQUIDACIÓN CONTRACTUAL


3.1.- Noción de liquidación del contrato estatal

Es un ajuste o rendición final de cuentas que se produce con el objeto de que las partes contratantes establezcan, con fundamento en el desarrollo del contrato, las acreencias pendientes o saldos a favor o en contra de cada uno o se declaren a paz y salvo, según el caso, para extinguir el negocio jurídico celebrado.(5)


3.2.-Cuándo procede la liquidación del contrato?

Procede con posterioridad a la terminación normal o anormal del contrato estatal, por causas contractuales o legales o por causas atribuibles a ambos contratantes o a uno de ellos(6), ya vista al finalizar el anterior apartado.   

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1.- CONSEJO DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCION TERCERA, C.P. Mauricio Fajardo Gómez,  Sentencia del 29 de Agosto de 2007,  Proceso número: 850012331000030901 – Radicación número: 15324.

2.- Ibídem. 

3.- “La condición relativa al registro presupuestal es un requisito necesario para la  ejecución del contrato estatal”.

 El Consejo de Estado en varias providencias al evaluar los cambios introducidos por la Ley 80 de 1993 respecto de la existencia y ejecución, afirmó que este nace a la vida jurídica cuando se cumplen las condiciones  previstas en el primer inciso del artículo 41, a pesar de que no se hayan cumplido los requisitos necesarios para su ejecución, tales como el relativo al registro presupuestal.

Sentencia CONSEJO DE ESTADO del 28 de Septiembre de 2006, expediente 15.307 . 

4.- DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN – PROYECTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA BIRF- DNP- PROYECTO MAFP II – BIRF FONADE – CONVENIO 191113 EQUIPO INVESTIGADOR : “MANUAL DE BUENAS PRACTICAS PARA LA GESTIÓN CONTRACTUAL PÚBLICA” – ISBN: XXX, Bogotá D.c., diciembre de 2004.

5.- CONSEJO DE ESTADO, SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL, C.P. Álvaro Namén Vargas, 28 de Junio de 2016, Radicación número: 11001 – 03 – 06 – 000 – 2015 – 00067 – 00 (2253).

6..- Ibídem.

Imagen 1: https://jorgefannoun.com/que-es-el-sistema-de-tres-fases-en-la-produccion-de-contenidos/

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